Ley Biden: Familias Unidas

Para ser considerado para una concesión discrecional del permiso de permanencia temporal en el país bajo Manteniendo a las Familias Unidas, debe cumplir con estos criterios de elegibilidad:

Si usted es el cónyuge no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debe:

  • Estar presente en los Estados Unidos sin haber sido admitido ni haber recibido permiso de permanencia temporal;
  • Haber estado físicamente presente de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014, hasta la fecha de presentación de su petición;
  • Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024;
  • No tener antecedentes penales que lo descualifiquen y que no se le considere una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
  • Presentar datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a la investigación de seguridad nacional y seguridad pública.

Si usted es el hijastro no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debe:

  • Haber sido menor de 21 años y soltero el 17 de junio de 2024;
  • Estar presente en los Estados Unidos sin haber sido admitido ni haber recibido permiso de permanencia temporal;
  • Haber estado físicamente presente continuamente en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación de su petición;
  • Tener un padre o madre no ciudadano que contrajo un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense el 17 de junio de 2024 o antes y antes de que usted cumpliera 18 años;
  • No tener antecedentes penales que lo descualifiquen y que no se le considere una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
  • Presentar datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a la investigación de seguridad nacional y seguridad pública.

La responsabilidad de demostrar mediante una preponderancia de la evidencia que cumple con los criterios de elegibilidad, y que amerita el permiso de permanencia temporal en el país como una cuestión de discreción por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo, recae en el solicitante. La concesión de un permiso de permanencia temporal en el país bajo Manteniendo a las Familias Unidas no establece la elegibilidad para otros beneficios de inmigración, incluido el estatus de residente permanente legal.

Notarios Públicos y profesionales no autorizados de la ley de inmigración: En Estados Unidos, un “notary public” o notario público no está autorizado a brindarle ningún servicio legal relacionado con los beneficios de inmigración. Solo un abogado admitido para ejercer la abogacía en Estados Unidos o un representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia puede brindarle asesoramiento legal en asuntos de inmigració